lunes, 18 de marzo de 2013


Ortega Cano niega ahora que bebiera alcohol la noche del accidente mortal



“Tengo totalmente prohibido tomar alcohol por los médicos que me han tratado (…) Solo me mojé los labios con una copa (...) No tomé nada de alcohol, solo una coca-cola. Para mí es un veneno”. El torero José Ortega Cano rechazó este martes haber conducido ebrio la noche del 20 de mayo de 2011 en la que protagonizó el accidente mortal por el que esta semana es juzgado.
 El diestro está acusado de homicidio imprudente y dos delitos contra la seguridad vial por triplicar la tasa de alcohol permitida e ir a 125 kilómetros por hora en una carretera limitada a 90 km/h, según el fiscal, que pide cuatro años de cárcel para el torero.
Hace casi dos años, Ortega Cano conducía hacia su finca Yerbabuena, en Castilblanco de los Arroyos (Sevilla), cuando perdió el control de su vehículo y chocó de frente con un coche que conducía Carlos Parra. Este camarero falleció y el torero resultó gravemente herido. Tras estar en coma y sufrir múltiples operaciones, el diestro se recuperó.


            
El torero conducía a 125 kilómetros por hora y triplicaba la tasa de alcohol, según el ministerio fiscal

Este martes a la vista oral en el Juzgado de lo Penal 6 de Sevilla acudieron unos 40 medios de comunicación. El acusado acudió con gesto muy serio y vestía traje azul a rayas y corbata roja. Sobre el fatal accidente, aseguró desconocer qué le sucedió justo antes del choque: “Algo raro me pudo ocurrir (…) te puede ocurrir algo de pronto. No tengo ningún conocimiento del impacto del accidente, ni de lo que pasó allí (…) Si estoy con mis sentidos y me voy a chocar con un coche, antes me tiro por un barranco”. Esa noche, varios conductores aseguraron al juez instructor que el torero les adelantó de manera peligrosa. Uno de ellos incluso llamó al 112 de emergencias para alertar de la alarmante conducción que demostraba el diestro.
Antes las dudas expresadas por el fiscal, Ortega Cano intentó disiparlas al cuestionar los resultados del test de alcoholemia: “Lo que yo les diga es la pura verdad. Lo que haya salido en los exámenes de la sangre, será o no será. Por ser un hombre público se me ha hecho una injusticia tremenda (...) Si quiero morirme no tengo más que tomar alcohol”, insistió. Sin embargo, durante la instrucción del suceso Ortega Cano admitió haber ingerido alcohol esa noche: “Me tomé menos de media copa de cava (...) Es muy poca cantidad y no creo que me perjudique con el medicamento que tomo”. El acusado ofreció un relato con imprecisiones que el fiscal subrayó con tono severo.

Durante la instrucción, el diestro ofreció ante el juez diferentes y contradictorias versiones
El acusado intentó zanjar sus ambigüedades al asegurar que decía la verdad: “No vengo aquí a decir ninguna mentira, tengo confianza en la justicia y la pena de la persona que falleció, la llevaré en mis espaldas”.
El torero reconoció que en el pasado sufrió un episodio de alcoholismo después de que falleciera su mujer, la cantante Rocío Jurado: “Me refugié en la bebida unos meses, pero luego desapareció para siempre”. A continuación, añadió: “De ahora en adelante no pienso coger el coche nunca más”.
Durante las cuestiones previas, la defensa intentó desacreditar las pruebas que demuestran que el torero conducía ebrio esa noche, y expuso que el uso de la prueba de sangre no se hizo conforme a Derecho, ya que se extrajo con fines terapéuticos. El letrado argumentó que era contrario al derecho a la intimidad que no hubiera una resolución motivada por parte del juez. El fiscal rechazó de pleno los argumentos y a continuación la magistrada Sagrario Romero zanjó la cuestión al indicar que decidirá en su sentencia.
Tras Ortega Cano, declararon la esposa y el hermano de la víctima, que tras concluir mantuvo la mirada al diestro. El juicio continuará hasta el próximo martes con las comparecencias de más testigos y los guardias civiles que intervinieron el día del fatal accidente, entre otros.


Noticia extraída de El País: http://ccaa.elpais.com/ccaa/2013/03/12/andalucia/1363079010_892167.html


RESUMEN:

El torero José Ortega Cano se enfrenta a una acusación por homicidio imprudente ya que presuntamente conducía ebrio y sobrepasando los límites de velocidad y circulando por el carril contrario, causando así la muerte a un conductor que venía en dirección opuesta. 
El diestro alega no haber ingerido nada de alcohol, si acaso una copa de cava, permitiéndole conducir con suficiente capacidad para discernir con suficiente claridad la vía. 
A las alegaciones del diestro que afirma su inocencia, se oponen declaraciones de testigos que circulaban esa noche por la vía y observaron las maniobras imprudentes de José Ortega. 
A lo largo de las siguientes vistas orales, la jueza decidirá la resolución de la sentencia.


COMENTARIO:

En esta noticia observamos que se ve vulnerado el derecho a la vida, reconocido constitucionalmente en el artículo 15 de la constitución, tal como el derecho a la integridad moral que se transgrede en relación con los familiares del fallecido, ya que como consecuencia de los juicios y la no resolución de la muerte del pariente, se ve minada la moral de estos.
En cuanto al derecho a la vida, hay que mencionar que es un derecho básico y primario reconocido en el texto constitucional. Este derecho se ve vulnerado en el momento en que el conductor opuesto fallece tras la colisión con el vehículo del acusado. 
En cuanto a la acusación por homicidio imprudente, debido a los dos aspectos mencionados anteriormente de conducir ebrio y sobrepasando la velocidad permitida, según en el artículo 1421 del Código Penal, el que  por imprudencia grave cause la muerte de otra persona será castigado con la pena de prisión de entre 1 a 4 años. En el caso en que el homicidio imprudente se ha cometido utilizando un vehículo a motor, como es este caso, se impone la pena de privación a conducir vehículos a motor de unos 6 años.  





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