La justicia europea dictamina que la ley española de desahucios vulnera las normas de la UE
Fecha: 15/03/2013 [14:36] h.
Origen: Europa Press
No garantiza a los ciudadanos una protección suficiente
frente a cláusulas abusivas de hipotecas
BRUSELAS, 14 Mar. (EUROPA PRESS) - El Tribunal de Justicia
de la Unión Europea (TUE) ha dictaminado este jueves que la legislación
española sobre desahucios vulnera la normativa comunitaria porque no garantiza
a los ciudadanos una protección suficiente frente a cláusulas abusivas en las
hipotecas. La legislación española no permite a los jueces paralizar un
desahucio invocando cláusulas abusivas en las hipotecas, sino que esta cuestión
debe ventilarse en otro juicio una vez que ya se ha ejecutado la expulsión. El
fallo cree esta protección a posteriori "resulta incompleta e
insuficiente" ya que "no permite evitar la pérdida definitiva e
irreversible de la vivienda" sino que se limita "al pago de una
indemnización por daños y perjuicios". "Basta con que los profesionales
inicien un procedimiento de ejecución hipotecaria para privar a los
consumidores de la protección que pretende garantizar la directiva",
denuncia la sentencia. Por consiguiente, el Tribunal de Justicia declara que
"la normativa española no se ajusta al principio de efectividad, en la
medida en que hace imposible o excesivamente difícil, en los procedimientos de
ejecución hipotecaria iniciados a instancia de los profesionales y en los que
los consumidores son parte demandada, aplicar la protección que la directiva
confiere a estos últimos". La sentencia del Tribunal de Luxemburgo
responde a una cuestión presentada por el juzgado mercantil de Barcelona, que
debe dirimir una denuncia presentada por un ciudadano contra CatalunyaCaixa,
que forzó su expulsión de la vivienda que ocupaba en enero de 2011 por impago
de la hipoteca. El ciudadano en cuestión solicita que se declare nula una de
las cláusulas del préstamo hipotecario y que, en consecuencia, el procedimiento
judicial de ejecución hipotecaria sea considerado también nulo. En su fallo de
este jueves, el TUE insiste en que "el régimen procesal español menoscaba
la efectividad de la protección que pretende garantizar la directiva".
"La directiva sobre las cláusulas abusivas se opone a una normativa
nacional, como la normativa española en cuestión, que no permite al juez que
conozca del proceso declarativo -es decir, el que tiene por objeto declarar el
carácter abusivo de una cláusula- adoptar medidas cautelares, en particular la
suspensión del procedimiento de ejecución, cuando sean necesarias para
garantizar la plena eficacia de su decisión final", concluye la sentencia.
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El Tribunal Europeo, ha tachado de anti-comunitaria ya
que la legislación española que regula
las cláusulas abusivas de las hipotecas que desembocan en desahucios. La Unión Europea dictamina que esta
legislación incumple la normativa comunitaria y no garantiza a los ciudadanos
la protección suficiente ante estos abusos.
La directiva europea de 1993 fijaba que “corresponde a los
Estados miembros velar por que no se incluyan cláusulas abusivas en los
contratos” y que, en caso de duda, debería “prevalecer la interpretación más
favorable al consumidor”. España, de hecho, tenía la obligación de adoptar sus
normas para dar cumplimiento a la directiva “a más tardar el 31 de diciembre de
1994”.
Por ello el Tribunal Europeo basándose en esta directiva, cierra la sentencia
afirmando que el gobierno debe tomar medidas para reformar las leyes
hipotecarias y acabar así con esta situación.
Si nos remitimos a un ámbito constitucional, dejando aparte
la normativa europea, podemos observar que estas normas también colisionan
fuertemente con el derecho a la vivienda recogido en el artículo 47 de la
constitución española. Ahora mismo, las
personas desahuciadas únicamente pueden recurrir después de la resolución del
desahucio, y no antes de que este ocurra. Otra lacra de la legislación vigente,
que quiebra la efectividad de este derecho, es que los jueces no pueden
suspender el proceso en curso de desahucio, sino que después de esto las
personas desahuciadas pueden interponer alguna demanda para que se restablezca
su situación anterior y recuperar asi la vivienda.
En conclusión, podemos decir que con esta sentencia del
Tribunal Europeo se ha dado un gran paso
en el tema de los desahucios, y que la esperada reforma de la legislación
hipotecaria será acogida con gran esperanza por las personas que se encuentren
en esta situación.